No es ‘cosa de Bárcenas’: los autos de Ruz y las fiscales prueban que la caja B no era el invento de un sinvergüenza
En su Congreso de este fin de semana, el PP ha intentado esconder lo que en el sumario aparece escrito sin dejar lugar a la duda: había "una doble estructura contable creada por el Partido Popular"
LOS GENOVESES | 25/01/2015
Uno y otro se atrincheran en sus argumentarios. Rajoy repite una y otra vez, cada día con menos entusiasmo, estar a lo que digan los tribunales mientras que Bárcenas se recrea amplificando lo que ya ha contado a Ruz que no es otra cosa que poner en valor sus manuscritos y los documentos que entregó en las 9 carpetas de colores que han sido incorporadas a la pieza separada UDEF-BLA 22.510/13.
Mientras todo esto sucede, el juez Ruz y la fiscalía han ido haciendo su trabajo con el apoyo de funcionarios de la UDEF, ONIF, IGAE, para así ir cerrando el complicado sumario que desde hace 6 años se viene instruyendo en la Audiencia Nacional.
Precisamente esa crónica trata de aportar al lector, sin intermediarios ni ruidos de fondo, de forma muy resumida,los argumentos que por escrito se han ido elaborando en los sucesivos escritos que han sido redactados de su puño y letra, tanto del juez Ruz como de la Fiscalíay que confirmarían que, mire por donde se mire, la tan reiteradamente negada Caja B, además de existir, se ha utilizado profusamente. Esto es lo que hay :
Autos juez Ruz
“En consecuencia, tras el auto de 27.09.13 y el consiguiente informe policial del resultado arrojado por la diligencia de entrada y registro practicada, el conjunto de los elementos objeto de análisis, en unión del resultado de las diferentes diligencias practicadas hasta el presente estadio, de carácter documental y testifical, permite pues confirmar, a nivel indiciario, la posibilidad que ya se avanzara por los integrantes de la Unidad de Auxilio de la AEAT, respecto de la presunta existencia por parte del Partido Popular de una cierta corriente financiera de cobros y pagos continua en el tiempo, al margen de la contabilidad remitida por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas, que, entre otros extremos pendientes de indagación, habría sido utilizada en el presente caso para atender a determinados pagos al arquitecto y responsable de la empresa UNIFICA encargada entre los años 2005 y 2011 de la ejecución de diversas obras de reforma y remodelación de la sede principal de la referida formación política en la ciudad de Madrid, sita en la calle Génova nº 13, pagos que no se habrían reflejado ni en la facturación ni en la contabilidad oficial, sino en la contabilidad paralela o “B” llevada en el seno de la citada formación y de la que eran presuntos encargados los imputados Luis Bárcenas Gutiérrez y Álvaro de Lapuerta Quintero, bajo sus respectivas responsabilidades al frente de la Gerencia y Tesorería del Partido Popular en el periodo temporal objeto de investigación, pagos que en definitiva se habrían atendido con el remanente de capital no contabilizado disponible en la denominada Caja “B” del partido“.
“El anterior análisis permite seguir sosteniendo, aún con mayor fundamento del que ya obrara en la causa en el momento de dictarse el anterior auto de 22.11.13, que el conjunto de los elementos objeto de análisis -una vez recabada la totalidad de la documentación que al respecto obraba en la sede del Partido Popular, y puesta en correlación con la documentación en soporte documental y electrónico que fuera incautada en el registro de la mercantil UNIFICA-, en unión del resultado de las diferentes diligencias practicadas hasta el presente estadio, de carácter documental y testifical,viene a confirmar, a nivel indiciario, la existencia en el seno del Partido Popular de una corriente de cobros y pagos continua en el tiempo, ajena al circuito económico financiero y al margen de la contabilidad remitida por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas, que, entre otros extremos pendientes de indagación, habría sido utilizada en el presente caso para atender a determinados pagos al arquitecto y responsable de la empresa UNIFICA encargada entre los años 2005 y 2011 de la ejecución de diversas obras de reforma y remodelación de la sede principal de la referida formación política en a ciudad de Madrid, sita en la calle Génova nº 13,pagos que no se habrían reflejado ni en la facturación ni en la contabilidad oficial, sino en la contabilidad paralela o “B” de la que eran presuntos encargados los imputados Luis Bárcenas Gutiérrez y Álvaro de Lapuerta Quintero, bajo sus respectivas responsabilidades al frente de la Gerencia y Tesorería del Partido Popular en el periodo temporal objeto de investigación, pagos que en definitiva se habrían atendido con el remanente de capital no contabilizado disponible en la denominada Caja “B” del partido “.
Auto 15.05.14
“Hoy ya sabemos que en el curso de la investigación, se han practicado diligencias tendentes a comprobar la realidad de las aplicaciones de fondos en metálico registradas en la referida contabilidad paralela, que aparecen destinadas, según confirma Luis Bárcenas en declaraciones judiciales de 15.07.13 y 10.04.14, y se encuentra parcialmente contrastado por el resultado de otras diligencias practicadas:
a) al pago de gastos generados en campañas electorales;
b) al pago de complementos de sueldo a determinadas personas vinculadas al Partido, bien de forma periódica u ocasional
c) al pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido político “.
“En particular, por lo que respecta a la solicitud de que se reciba declaración en la causa principal a Álvaro de Lapuerta Quintero por la posible comisión de un delito de apropiación indebida tipificado en los artículos 250.1.6ª y 252 CP en la redacción vigente en el año 2004 (quien ya se encuentra imputado en la Pieza Separada seguida bajo la denominación “Informe UDEF-BLA 22.510/13”), y como fundamento de la diligencia interesada, debe recordarse, como señala el Ministerio Fiscal en su informe precedente, que en la referida Pieza Separada es objeto de investigación la llevanza por Luis Bárcenas y por Álvaro de Lapuerta de una contabilidad paralela o “Caja B” del Partido Popular que se nutriría, con carácter general, de donativos efectuados por personas relacionadas con entidades beneficiarias de importantes adjudicaciones públicas.
Asimismo, en las presentes diligencias se investigan, entre otros hechos, los relacionados con los fondos de procedencia indiciariamente ilícita de Luis Bárcenas Gutiérrez inicialmente depositados en Suiza. En el curso de la instrucción, conforme a lo que resulta de distintas actuaciones y, en particular, de informes y documentación bancaria recientemente incorporados a la causa, el origen de otra parte de los fondos ingresados en cuentas suizas y españolas abiertas tanto a nombre del imputado Luis Bárcenas Gutiérrez como del de su esposa, Rosalía Iglesias, podría proceder de fondos del Partido Popular cuya gestión tenía aquél encomendada, para lo que aquél habría actuado con el consentimiento de Álvaro Lapuerta, prevaliéndose de sus cargos en la formación política y de la opacidad de la referida contabilidad paralela“.
“De esta forma, consta indiciariamente acreditada (sin perjuicio de los hechos que resultan instruidos al efecto en la Pieza Separada de las presentes Diligencias Previas denominada “Informe UDEF-BLA 22.510/13”) la llevanza por parte del imputado Luis BÁRCENAS GUTIÉRREZ, prevaliéndose al efecto de sus cargos de Gerente y Tesorero de la formación política PARTIDO POPULAR (PP) -puestos que ocupó desde el año 1990 hasta el 2009-, junto con el imputado Álvaro DE LAPUERTA QUINTERO (quien fuera tesorero del Partido Popular hasta el año 2008) de una contabilidad paralela o “Caja B” –denominación indiciaria atribuida por no aparecer asentados los pagos que integrarían la misma en los libros contables, ni declarados a la Hacienda Pública del referido Partido político entre los años 1990 a 2008, nutrida de donativos o aportaciones ajenos a la contabilidad oficial, y que, de acuerdo a lo indiciariamente acreditado, fue destinada: a) al pago de gastos generados en campañas electorales; b) al pago de complementos de sueldo a determinadas personas vinculadas al Partido; c) al pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido político. Así, durante el periodo en que ocupó el cargo de Gerente del Partido Popular, Luis BÁRCENAS, prevaliéndose de las funciones que el mismo le otorgaba, se apoderó de recursos de esta formación aprovechando la estructura opaca a la Hacienda Pública o doble contabilidad creada en ese Partido, al margen de la contabilidad oficial presentada ante el Tribunal de Cuentas”.
“En lo que respecta a su actividad vinculada al cargo de Gerente del Partido Popular, cargo ejercido entre 1990 y junio de 2008 (siendo elegido en ese mes Tesorero de la formación política), y por lo que se refiere a la llevanza por Luis BÁRCENAS GUTIÉRREZ, en connivencia con el imputado Álvaro DE LAPUERTA QUINTERO (quien desempeñó las funciones de Tesorero del Partido entre 1993 y 2008), de la contabilidad paralela o caja B de ingresos y gastos efectuados en la formación política al margen de la contabilidad oficial, nutrida con carácter general de donativos o aportaciones efectuadas al margen de la contabilidad oficial y con vulneración de la normativa reguladora de la financiación de Partidos Políticos (hechos no obstante que en cuanto a su completa significación resultan objeto de la Pieza Separada “Informe UDEF-BLA 22.510/13”), de acuerdo con lo hasta ahora actuado, Luis BÁRCENAS procedió a incorporar a su patrimonio recursos económicos del PARTIDO POPULAR cuya administración tenía encomendada como Gerente, contando para ello con la connivencia del Sr. LAPUERTA QUINTERO en el ejercicio de sus funciones como Tesorero. Así, sin perjuicio de las eventuales distracciones que el imputado Sr. BÁRCENAS pudiere haber efectuado de dinero destinado por los donantes a la financiación del Partido Popular a lo largo del tiempo en que gestionó la contabilidad paralela, y su eventual ingreso en sus cuentas bancarias abiertas en Suiza “
“Así, sin perjuicio de las eventuales distracciones que el imputado Sr. BÁRCENAS pudiere haber efectuado de dinero destinado por los donantes a la financiación del Partido Popular a lo largo del tiempo en que gestionó la contabilidad paralela, y su eventual ingreso en sus cuentas bancarias abiertas en Suiza (lo que pudiere haber ocurrido en los años 2001 y 2003 respecto de las cantidades de 30.050,61 euros y 120.000 euros respectivamente), consta indiciariamente acreditado que Luis BÁRCENAS, con el consentimiento de Álvaro DE LAPUERTA, prevaliéndose de su cargo en la formación política y aprovechándose al efecto de la notoria opacidad que ofrecía la doble estructura contable creada por el PARTIDO POPULAR” ( Pag 122-133-134 ).
Fiscalía Anticorrupción
Escrito acusación PS 1999-2005. Pág 136
“Desde al menos el año 2000, Luis Bárcenas, al margen del acuerdo expuesto en el apartado anterior, desarrolló otras actividades dirigidas a enriquecerse de modo ilícito mediante el cobro de comisiones derivadas de distintas labores de intermediación en el ámbito de la contratación pública y mediante la apropiación de fondos del PARTIDO POPULAR cuya administración tenía encomendada como Gerente nacional. Así, durante el periodo en que ocupó dicho cargo, el acusado, prevaliéndose de las funciones que el mismo le otorgaba, se apoderó de recursos de esta formación política aprovechando la estructura opaca a la Hacienda Pública -y al Tribunal de Cuentas- o doble contabilidad instaurada en ese partido”.
“Luis Bárcenas incorporó a su patrimonio recursos del PARTIDO POPULAR cuya administración tenía encomendada como Gerente junto con el Tesorero, entre febrero de 1993 y junio de 2008, el acusado Álvaro de Lapuerta Quintero. En concreto, los fondos de los que se apoderó -que ascendieron a, como mínimo, 299.650,61 € que se ingresaron en cuentas bancarias abiertas en España y en Suiza- procedían de una contabilidad paralela o “Caja B” del PARTIDO POPULAR gestionada por ambos acusados que se nutría, con carácter general, de donativos que incumplían la normativa de financiación de los partidos políticos y que eran efectuados por personas relacionadas con entidades beneficiarias de importantes adjudicaciones públicas (….) Así, en los años 2001 y 2003 Luis Bárcenas, con el consentimiento de Álvaro de Lapuerta, prevaliéndose de su cargo en la formación política y aprovechándose al efecto de la evidente opacidad que ofrecía la doble estructura contable creada por el PARTIDO POPULAR, detrajo de su “Caja B” al menos 150.050,61 € que ingresó en la cuenta n° 128380 “DREBA” del DRESDNER BANK a la que nos referiremos con más detalle posteriormente (….) A tal objeto, Luis Bárcenas y Álvaro de Lapuerta contactaron con distintas personas, como la acusada Rosalía Iglesias, a quienes entregaron fondos de la “Caja B” del PARTIDO POPULAR con los que suscribieron acciones de la referida sociedad “.
Si has llegado hasta aquí, lo cual tiene su mérito, habrás podido constatar que la existencia de la Caja B no es sola cosa de un extesorero desleal que es como los genoveses tratan de salir del paso y quitarse de en medio. Ruz y las fiscales han tenido acceso a numerosos documentos y testimonios que desmontan, punto por punto, las tesis genovesas. Ellos, los genoveses originales y genuinos, lo saben bien. Y todo aquel que sostenga lo contrario, también sabe que miente a sabiendas.